Régimen de visitas del padre

 

La separación de pareja siempre es un proceso doloroso, que implica una serie de ajustes y cambios en la vida de una persona. Sin embargo, esta separación es aún más difícil cuando existen hijos en común.

En estos casos, debe intentarse que el impacto de la separación cause el menor daño a los hijos, procurando mantener su estatus social y económico y una relación directa y regular con aquél de los padres que deja de vivir con el niño.

Es por esto que se entiende que las antiguamente llamadas visitas, ahora régimen de relación directa y regular, de un padre o madre con su hijo es un derecho no sólo del progenitor sino que también del niño, niña o adolescente que es hijo o hija de ese padre. De ahí que el incumplimiento del régimen de visitas tenga sanciones tan graves como el arresto nocturno y hasta la prisión efectiva en caso de incumplimiento reiterado. Incluso, es posible que la persona que tiene el cuidado personal del niño sea privado de éste, ya que está vulnerando gravemente los derechos del niño.

Sin embargo, a pesar que los padres que no viven con el niño suelen tener clara la existencia de este derecho, sus mayores inquietudes versan sobre la cantidad de tiempo que es posible o adecuado solicitar al Tribunal para estar con sus hijos.

Sobre el particular, no existe una regulación legal que indique cuanto tiempo es posible solicitar o cuanto es adecuado o suficiente, ya que ello dependerá del análisis de múltiples factores, como la edad del niño, la regularidad de la relación con el padre que solicita las visitas, las condiciones en que vive este padre, etcétera. De este modo, será el juez quien, a la luz de los antecedentes de cada caso, tendrá que determinar el régimen de visitas del padre. Sin perjuicio de ello, lo normal es que se fije un “régimen ordinario” consistente en que fin de semana por medio, los niños estén con el padre, retirándolos el día viernes y retornándolos al hogar materno el día domingo. Y un “régimen extraordinario” que contempla las fechas importantes, como navidad y año nuevo (generalmente alternados entre los padres), vacaciones de invierno y verano (un mes para el padre y un mes para la madre), cumpleaños del niño, día del padre, día del niño, etcétera.

Como se puede apreciar, la relación de visitas entre un hijo y su padre puede llegar a ser bastante amplio. Sin embargo, y aunque, como resaltamos más arriba, es muy beneficioso que así sea, los padres que solicitan el régimen no deben perder de vista que el niño requiere de ciertas rutinas que deben ser respetadas, como la preparación para la semana escolar o a la asistencia a la celebración de los cumpleaños de sus amigos, por lo que muchas veces tendrán que sacrificar su tiempo con el niño en aras de su bienestar, dada la importancia del fortalecimiento de las relaciones sociales del niño y del cumplimiento de sus deberes escolares.

En este sentido, los padres que no viven con los niños suelen malinterpretar las visitas, destinando el tiempo que pasan con sus hijos exclusivamente a actividades recreacionales. Esto es un error. Evidentemente que, y por tratarse, generalmente, de fines de semana, la recreación jugará un papel protagónico en dichas visitas, pero ello no significa que los padres no participen en la crianza y educación de los niños, ayudándolos con sus tareas o asistiendo con ellos a actividades extra programáticas organizadas por los colegios. Esta situación es la genera la mayor cantidad de reclamos del padre que tiene el cuidado personal, ya que usualmente los niños retornan a la casa el día domingo con sus deberes escolares sin hacer, lo que sitúa al padre que vive con ellos en una posición estresante frente a la preparación de la semana escolar y los lleva a tener que adoptar un rol orientado a la disciplina y la exigencia, imposibilitándolos de disfrutar tiempo de recreo con sus hijos.

De esta manera, como vemos, es importante que ambos padres ejerzan sus derechos con libertad, pero sobretodo con criterio, teniendo siempre a la vista las necesidades e intereses de los niños, por sobre los propios, lo que generará no sólo una buena relación con los hijos, sino que se evitarán o disminuirán las desavenencias con el otro padre, lo que es de extrema relevancia para un adecuado ejercicio del derecho en comento. No olvidemos que la mala relación entre los padres daña a los que más amamos: nuestros niños.