Una historia real
/Les contaré una historia real, y muy reciente, que se ventiló ante nuestros Juzgados de Familia. Don A llevaba más de tres años separado de hecho de la señora J. Su relación nunca fue buena, sin embargo la paciente y pasiva personalidad de él, llevó a que tras tres hijos y muchos años de peleas por fin tomara la decisión de irse de la casa. “Fue muy difícil hacerlo, porque los niños estaban chicos y no quería alejarme de ellos”, nos cuenta con amargura el protagonista de nuestra historia.
Habiendo transcurrido los tres años que exige la ley, demandó de divorcio a la señora J. Pero ella, se opuso al divorcio diciendo que sólo llevaban un año separados y pidió, para el caso en que se declarara el divorcio, una compensación económica de $93.000.000 (noventa y tres millones de pesos) argumentando que, por haberse dedicado al cuidado del hogar y de los hijos, no había podido ejercer una actividad remunerada en la medida que hubiese querido.
¿Es posible que la señora J consiguiera esa suma de dinero? ¿Nuestros Tribunales podrían decretar una compensación económica de esa magnitud? Lo cierto es que eventualmente sí. Dándose los presupuestos que establece la ley, el cónyuge más débil – económicamente hablando – de la relación tiene derecho a ella y el monto se calcula según lo que éste dejó de ganar por dedicarse al cuidado del hogar y de los hijos.
Pero, en este caso ¿Había sido realmente así? Veamos.
Cuando la señora J se casó con don A contaba con un título técnico de contador, el que obtuvo en el liceo después de cursar cuarto medio. Sólo trabajó un año antes de casarse, trabajo al que renunció por ciertos conflictos con sus superiores. Lo cierto es que al momento de casarse se encontraba cesante y sólo comenzó a trabajar, medio tiempo en el negocio de su padre, luego del nacimiento de su primer hijo, recibiendo como sueldo el equivalente al sueldo mínimo.
Excelentes noticias para madres y padres que desean retener 10% AFP del deudor de alimentos. Suscríbete a nuestro canal de Youtube y comparte!!!